Con motivo de la celebración del Día del Libro 2017, y con ánimo de fomentar la creación literaria en la población infantil del municipio, el Servicio Municipal de Bibliotecas, la Concejalía de Educación y el Patronato Municipal de Personas con Discapacidad convocan el XXVIII CONCURSO DE CREACIÓN LITERARIA 2017.
Podrán participar todos los niños de edades comprendidas entre los 6 y los 16 años.
El plazo de entrega de las obras se cerrará el día 6 de abril de 2017 a las 14:30 horas.
Con motivo de la celebración del Día del Libro 2017, y con ánimo de fomentar la creación artística en la población infantil del municipio, el Servicio Municipal de Bibliotecas y la Concejalía de Juventud e Infancia, convocan el XXVI CONCURSO D E M A R C A P Á G I N A S 2 0 1 7 .
Podrán participar todos los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 16 años.
El plazo de entrega de las obras se cerrará el día 31 de MARZO de 2017 a las 14:30 horas.
1 - DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD:
2 - PARTICIPANTES: Desde 1º de EI (2º Ciclo) hasta 6º de EP.
3 - ACTIVIDADES: Ocio, culturales, deportivas, artísticas, manualidades, animación y juegos.
4 - PRECIOS:
5 - DEDUCCIONES:
6 - MATRÍCULAS:
7 - INFORMACIÓN TELEFÓNICA: 926 211 044, Ext.: 843/889/882
8 - EL INGRESO deberá realizarse en una de las entidades bancarias, en concepto de Escuela Municipal de Primavera y nombre del niño/a participante. Posteriormente deberá entregar el recibo en la concejalía:

Para solicitar un servicio preventivo a la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil Ciudad Real deberá rellenar el siguiente formulario y seguir las indicaciones previstas al final del propio documento. Al abrir la solicitud deberás guardar el archivo en tu ordenador, después debes abrir la solicitud que has guardado en tu ordenador y ya puedes rellenar los datos, una vez rellenada la solicitud debes guardarla y enviarla a servicioamvpc@ayto-ciudadreal.es
La Agrupación Municipal de Voluntariado de Protección Civil Ciudad Real, desde el punto de vista OPERATIVO, está organizada en 4 secciones operativas y una sección no operativa.
Las secciones operativas están a cargo de 4 Jefes de Sección y 8 Jefes de Equipo.
Cada semana del año está de guardia una sección operativa para las emergencias que pudieran producirse, así como atender los servicios preventivos autorizados para ser cubiertos con recursos de la Agrupación Municipal de Voluntariado de Protección Civil Ciudad Real. Las guardias que se realizan cada sábado del año tienen dos turnos: de 10,00h a 16,00h y de 16,00h a 22,00h.
Cada Sección tiene 1 Jefe de Sección y 2 Jefes de Equipo.
En la 7ª Sección están ubicados todos aquellos voluntarios que por cuestiones personales no pueden comprometerse a realizar el mínimo de horas que se les piden para poder estar en la AMV, pero que si tiene un compromiso con la misma. Aún así, pertenecer a esta sección también tiene implica un mínimo de horas anuales que está reflejado en el reglamento de la AMV.

Estructura Operativa
Desde el punto de vista FUNCIONAL, la Agrupación Municipal de Voluntariado de Protección Civil Ciudad Real se organiza mediante unos Grupos Especiales de respuesta antes diferentes requerimientos, así como de unas áreas concretamente dirigidas al funcionamiento interno propio.
Los Grupos Especiales de la Agrupación Municipal de Voluntariado de Protección Civil Ciudad Real son:
Las áreas de la Agrupación Municipal de Voluntariado de Protección Civil Ciudad Real:

Estructura Funcional

Dependiente de: Concejalía de Seguridad Ciudadana
Dirección: Camino del Campillo s/n – Ciudad Real
Horario Oficina: De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas
Servicio de emergencias: 112
Jefe de Agrupación: D. Alfonso Blanco Bernal
Tlf. de contacto: 926 23 04 31 (en horario de oficina)
Email: pcivil@ciudadreal.es
Nuestra Constitución en su artículo 15, establece la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la vida y a la integridad física de las personas como el primero y el más importante de los derechos fundamentales. También, en su artículo 30 determina el deber de los ciudadanos a participar activamente en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Fundamentado en este principio constitucional, se crea el Servicio Público de Protección Civil con el objetivo de prevenir, proteger y socorrer a las personas y sus bienes ante situaciones de riesgo colectivo.
La Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en sus artículos 21.1.J, 25.2.C y 26.1.C, atribuye a los ayuntamientos y los alcaldes competencias en materia de protección civil, facultándoles para la realización de actividades diversas para la protección de las personas y de los bienes en situaciones de emergencia.
La ley 2/1985 sobre protección civil, en su artículo 1º 2, “… servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las diferentes administraciones públicas, así como los ciudadanos mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria”.
Por todo lo anteriormente expuesto, podemos definir como AGRUPACIÓN MUNICIPAL DE VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL, al conjunto de ciudadanos que de forma voluntaria, se integran dentro del esquema organizativo establecido por el Ayuntamiento para la gestión de emergencias, desarrollando funciones encaminadas a la prevención y actuación en situaciones de grave riesgo colectivo.
Se entiende por Voluntario de Protección Civil a la persona física que, libremente e integrada dentro de la Agrupación Municipal, dedica de forma altruista y gratuita, parte de su tiempo a actividades que desarrollen las funciones propias de la Agrupación a la que pertenece.
Para contactar puedes enviar un e-mail a la siguiente dirección: sole@urbanismo.ayto-ciudadreal.es
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad de Castilla-La Mancha
Teléfono y fax: 925257937
Email: cermiclm@cermiclm.org
Web: www.cermiclm.org
Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad
Teléfono: 91 506 88 88
Email:dae@fundaciononce.es
Web: www.fundaciononce.es
El Símbolo Internacional de Accesibilidad es un distintivo que otorga el Ayuntamiento y que garantiza que un edificio o establecimiento, además de cumplir los requisitos mínimos de accesibilidad contemplados en la legislación vigente, propone mejoras significativas. Puede ser solicitado por cualquier empresa poniéndose en contacto con la Oficina Municipal de Accesibilidad. Tras la solicitud, los técnicos de accesibilidad realizarán una visita al establecimiento y un análisis pormenorizado. Una vez realizadas dichas visitas, se tramitará el expediente para otorgar el Símbolo de Accesibilidad
¿Cómo obtenerlo?
En la Comisión Municipal de Accesibilidad celebrada el pasado 27 de marzo de 2012, se aprobó la puesta en marcha del Símbolo de Espacio Accesible. A tal fin, se proponen a continuación los criterios que deberán regir para su concesión:
El símbolo de lugar accesible se plantea como un distintivo de calidad, con el que premiar a aquellas actividades que presten una especial atención en el detalle de los elementos que contribuyen a dotar de accesibilidad a los espacios propios de la actividad.

No tiene vocación de universalidad, ya que ello anularía su visibilidad y objetivo primero, sino que con él se intenta recompensar la excelencia, por lo que quedarán excluidos automáticamente todos los locales que se limiten a cumplir estrictamente con las directrices marcadas en el ámbito normativo vigente.
En este sentido, y a fin de que las actividades que disfruten del Símbolo sean estrictamente aquellas que proponen mejoras significativas sobre la legislación vigente en materia de accesibilidad, se propone que la concesión tenga carácter temporal, debiendo ser renovada con periodicidad quincenal.
Para su obtención habrá de presentarse ante la Oficina Municipal de Accesibilidad (Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real) la correspondiente solicitud, acompañada de una memoria donde se dé cuenta detallada de las condiciones del local, así como de aquellos aspectos en los que a juicio del solicitante se están proponiendo mejoras sobre lo fijado por la legislación vigente. Dicha memoria irá acompañada de cuantos planos, fotografías o demás documentación sea necesaria para exponer con claridad la argumentación del solicitante.
Recibida esta solicitud, los técnicos municipales abrirán expediente, y girarán visita a la actividad, realizando un análisis pormenorizado de la misma. A la vista de la memoria y pruebas aportadas, y como resultado de la visita mencionada, los técnicos municipales emitirán informe proponiendo o no, en su caso y motivadamente, la concesión del Símbolo de Lugar Accesible. Dicho informe se elevará a la siguiente Comisión Municipal de Accesibilidad a celebrar, quien tendrá la potestad para conceder o no el referido Símbolo.
Transcurridos 5 años desde la concesión, se girará nueva visita por los técnicos municipales para comprobar que se siguen dando las circunstancias que motivaron la concesión. En caso de haber surgido en este período de tiempo nueva normativa al respecto, se otorgará al interesado nuevo plazo para aportar la documentación necesaria que a su juicio le haga acreedor de la renovación de la concesión, haciendo alusión expresa en la solicitud a que se trata de una renovación. El trámite, no obstante, exigirá igualmente la aprobación de la renovación en la siguiente Comisión Municipal de Accesibilidad.
Una vez concedido el Símbolo de Lugar Accesible, se dará cuenta de ello dentro de un listado de locales poseedores de dicho distintivo; este listado, creado al efecto, se alojará en el apartado de “accesibilidad” de la web municipal. Se busca con ello una doble finalidad: por un lado dotar de mayor visibilidad a este tipo de locales de cara a los usuarios demandantes de estos servicios; y por otro, incentivar la implantación voluntaria de este tipo de medidas, a través del carácter de valor añadido que dicha aparición en un listado de locales accesibles, puede proporcionar a la propia actividad.
En definitiva, se busca dar un paso más en la consecución de una ciudad para todos, a través de una medida que potencia la plena implantación de la accesibilidad en nuestra ciudad, yendo por delante de la propia legislación, como manifestación inequívoca del compromiso colectivo con la accesibilidad.
LEY 1/1994, de 24 de mayo, de accesibilidad y eliminación de barreras en Castilla-La Mancha.
Decreto 158/1997 de 2 de diciembre, el Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha.
Corrección de errores del decreto 158/1997.
Documento Básico SUA. Seguridad de utilización y accesibilidad.
Con esta finalidad de garantizar la accesibilidad universal, se plantea la creación de una Comisión Técnica Municipal de Accesibilidad para que apoye y supervise todas las obras públicas, que sirva de referencia y supervisor de las actuaciones privadas, así como de la accesibilidad integral. Se establece el compromiso de desarrollar un planteamiento urbano y el de la edificación universal, así como su gestión y mantenimiento, garantizando el estado de la accesibilidad evitando la creación de barreras temporales. Ofrecer un servicio público accesible y pensado para todos.
Esta Comisión, que está integrada dentro de la Concejalía de Urbanismo, recoge la experiencia de trabajo del propio Patronato Municipal de Personas con Discapacidad.
1. Objetivo de la comisión de Accesibilidad
1.1. Objetivo General
Hacer más real el derecho de todos los ciudadanos a acceder de forma física a los bienes, recursos y servicios que la sociedad oferta.
1.2. Objetivos Específicos
2. Constitución de la Comisión
Se crea la Comisión de Accesibilidad y Eliminación de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte y en la Comunicación, que a partir de ahora será denominada Comisión Municipal de Accesibilidad, con el fin de asistir y asesorar a los órganos competentes en ejercicio de sus funciones y facilitar la participación de los colectivos afectados.
Estará presidida por el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, y en caso de vacante, ausencia o enfermedad por la Concejala Delegada de Servicios Sociales, y en ausencia de ambos por un miembro de la Corporación, mediante delegación.
La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
Memorias de la Comisión
Memoria de la Comisión 2013 - 2014
Memoria de la Comisión 2019 - 2020
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