Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Alta o cambio de domicilio en el padrón”, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido.

Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.


SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN O MODIFICACIÓN DE DOMICILIO EN EL PADRÓN

 

TRAMITAR  

 


DOCUMENTACION NECESARIA PARA REALIZAR EL EMPADRONAMIENTO 


- Hoja padronal (Solicitud  )  cumplimentada

TIENE QUE IR FIRMADA POR TODOS LOS MAYORES DE EDAD.

MAYORES: La gestión la puede realizar una de las personas mayores de edad que figuren en la Hoja Padronal objeto del Alta o cambio de Domicilio.

MENORES: Constará la conformidad del padre y la madre, salvo que la guarda y custodia la ostente uno de ellos, en cuyo caso se aportará COPIA de la sentencia o resolución judicial que lo acredite. ( Aportar Anexo II o Anexo I, según exista o no resolución judicial)

Cuando se solicite la inscripción o cambio de domicilio de un menor con uno solo de sus progenitores, junto con la cumplimentación de la hoja padronal y la aportación de Libro de familia, se exige la firma de ambos progenitores .

La firma del otro progenitor no incluido en la hoja padronal podrá recogerse en la misma solicitud , identificándose en el apartado de firmas quién es el padre y quién es la madre, o bien,  en una autorización sencilla por escrito de su puño y letra que acompañe a la solicitud .

Cuando quien realiza el alta o cambio de domicilio es el progenitor custodio, deberá presentar Resolucion judicial de la guarda y custodia, y si no es posible, recabar la autorización del progenitor no custodio cuando excepcionalmente no se disponga de la firma de ambos progenitores se aportará DECLARACIÓN RESPONSABLE, (Anexo I o Anexo II) firmada por el progenitor custodio haciéndose cargo de la situación del menor.

Cuando la guarda y custodia de menores sea compartida por ambos progenitores, si la sentencia judicial no se pronuncia sobre el lugar de empadronamiento, deben ambos progenitores firmar la solicitud de inscripción o cambio de domicilio del menor.

 Si no se pudiera acreditar el mutuo acuerdo, se exige NUEVA RESOLUCIÓN JUDICIAL que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento.

 

- Documento que acredite la identidad de las personas inscritas: Libro de familia para menores de 14 años, D.N.I, Pasaporte, NIE, SIEMPRE EN VIGOR, o resguardo de haber solicitado RENOVACIÓN, resguardo presentación solicitud protección internacional con dos fechas de validez. (ORIGINALES)

 

- DOCUMENTACION QUE ACREDITE LA OCUPACION LEGÍTIMA DE LA VIVIENDA (SIEMPRE ORIGINAL):

  • Original del título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, nota del registro y original de factura actualizada de compañía suministradora de luz, agua, teléfono fijo, gas, o contrato de suministro formalizado dentro del año anterior a la fecha de la solicitud.
  • Original contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler
  • En caso de autorización de persona empadronada: original del título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (escritura, contrato de arrendamiento acompañado del último recibo del alquiler) y factura de compañía suministradora (luz, agua, teléfono fijo, gas) a nombre de la misma.
  • Si se trata de vivienda heredada de ascendientes:
  • Si en la vivienda no hay nadie empadronado y no hay declaración de herederos, obligatorio la firma de todos los herederos, acompañado de DNI.
  • Si en la vivienda ya hay alguien empadronado, éste podrá autorizar el empadronamiento aportando la documentacion mencionada anteriormente, sin que sea obligatorio la autorizacion de los demas heredereos.

IMPORTANTE: Cuando se solicita alta en un domicilio en el que ya consten empadronadas otras personas, PUEDE autorizar por escrito persona mayor de edad empadronada y que disponga de ese título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda, ya sea contrato de alquiler más último recibo pagado, o escritura más una última factura de algún suministro.

El Ayuntamiento puede a traves del IBI recabar la informacion de la titularidad del inmueble, si se trata de vivienda adquirida al menos con dos años de antigüedad, si es más reciente debe proporcionar la titularidad el propio vecino/a.

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales del uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal. 


IMPORTANTE: Los contratos de alquiler, NO se admiten aquellos cuya duración sea inferior a 6 meses, no se admiten contratos de temporada.

NO SE ADMITIRÁN aquellos contratos de alquiler que no vengan identificadas claramente ambas partes, y si el propietario, está representado por otra persona es OBLIGATORIO presentar el poder de representacion para su cotejo en la oficina.


 

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Registro y Estadística

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  • C/ Postas, 8 (1ª Planta)
    Ciudad Real
    13.001
  • 926211044 Ext.: Registro: 435, Padrón: 439, Registro y Padrón: 407,409, 448, 435
  • jregana@ciudadreal.es
  • estadistica@ciudadreal.es

Atención al ciudadano

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  • C/ Postas, 8, EDIFICIO MERCADO 1ª Planta
    Ciudad Real
    13001
  • 926 21 10 44 Ext. 435, 439, 838, 407, 409 , 448
  • jregana@ciudadreal.es
  • estadistica@ciudadreal.es

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