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Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Baja en el padrón”, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido. Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.


 

SOLICITUD DE BAJA EN PADRÓN

 

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