
Están exentos de pago de la tasa por recogida domiciliaria de basuras, los pensionista que perciban una pensión por debajo del salario mínimo interprofesional.
Gozarán de una bonificación del 50% de la cuota aquellos locales comerciales que permanezcan sin actividad durante un periodo no inferior a 3 meses. Ésta bonificación debe ser solicitada.
En el impuesto sobre inmuebles urbanos, gozarán de una bonificación del 30% en la cuota del impuesto, quienes ostenten la condición de titulares de familia numerosa. Esta bonificación debe ser solicitada. La bonificación es del 40% para familias numerosas de categoría especial. En ambos casos, cuando el valor catastral del inmueble es inferior a 70.000.
En el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:
Bonificación del 100% en la tarifa aplicable, los vehículos catalogados como históricos (artículo 5.1 4 de la Ordenanza C-2: Ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica). En el siguiente enlace encontrará información sobre como obtener el permiso de circulación donde conste el carácter histórico del vehículo >> https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/vehiculos-historicos/matriculacion-vehiculos-historicos/grupo-a/
Vehículos no contaminantes (art. 5.4 de la Ordenanza C-2: Ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica).
Vehículos para personas de movilidad reducida (art. 93.e) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 6.1.a) de la Ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica)
Vehículos provistos de cartilla agrícola (art. 93. g) del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y artículo 6.1.b) de la Ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica)
Plaza Mayor, 1 Ciudad Real 13.001
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