Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite “Ayuda social para los empleados del Ayuntamiento”, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido.

Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.


 

Ayuda social para los empleados del Ayuntamiento  

 

TRAMITAR  

Plazo HASTA el 30 de septiembre de 2024

Solicitud y bases   

 

 

 

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