Desde esta página puede iniciar telemáticamente el trámite que permite la obtención de la licencia de primera ocupación, para ello ha de disponer de un certificado electrónico válido.
Las solicitudes y la documentación requerida se pueden presentar como se establece en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, tanto de forma electrónica, como presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro.
Objeto
La licencia de primera ocupación es el documento administrativo que expide el Ayuntamiento tras comprobar que una construcción o vivienda se ha ejecutado según el proyecto técnico de obra que se presentó ante el mismo.
Esta licencia será necesaria para poder contratar por primera vez los servicios de suministro propios de la vivienda (agua potable, energía eléctrica, gas, telecomunicaciones y otros servicios), al objeto de proceder a la ocupación de la misma.
Documentación Requerida
Unidad Tramitadora
Servicio Licencias Urbanísticas de la Concejalía de Urbanismo
LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN
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TRAMITAR |
Solicitud |
Nota 1. Para facilitar la tramitación de su expediente, una vez haya accedido al formulario, debe indicar la referencia catastral y dirección, así como la actuación urbanística concreta objeto de la solicitud.
Nota 2. En caso de necesitar varios Registros telemáticos por cuestiones de volumen máximo (20MB), haga mención al primer número de Registro de Entrada para anexarlos al expediente.
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