pago a los proveedores

El Ayuntamiento de Ciudad Real se encuentra entre los 15 mejores Ayuntamientos de España analizados por la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) que antes paga a sus proveedores autónomos, en un plazo medio de 34 días. Así se detalla en un estudio sobre la morosidad de las administraciones públicas de 95 municipios españoles de más de 45.000 habitantes referido al tercer trimestre de 2017. 

La media de pago de los municipios españoles, según el citado estudio, es de tres meses (91 días), muy por encima del plazo de Ciudad Real, que empleó de media un día más de media que en diciembre de 2016 al pago a los proveedores autónomos. El más lento de los municipios estudiados tarda 473 días en abonar. Fuengirola sería el municipio mejor pagador (11 días).

Ciudad Real aparece en el puesto 15 de esta lista empatada con Pontevedra, Pozuelo de Alarcón y Huesca. En Castilla La Mancha, la ciudad que presenta mejores datos es Albacete (28 días), seguida de Ciudad Real (34), Toledo (41), Guadalajara (45), Talavera de la Reina (50) y finalmente Cuenca (84)

En cuanto a la Diputación Provincial de Ciudad Real, ésta mejora sus resultados con respecto a diciembre de 2016 realizando el pago a los autónomos en 29 días, uno menos que al final del año pasado.

Para la realización de este informe la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) utiliza para el cálculo del periodo medio de pago la fecha de emisión de facturas o entrega de mercadería hasta su pago efectivo, metodología diferente a la utilizada por el ministerio de Hacienda y AA.PP. que utiliza desde la convalidación de la factura por parte de la administración competente hasta el pago efectivo. Esto da un margen de entre 28 y 32 días que es lo que se tarda de convalidar las facturas por parte de las Administraciones. Además, se ha realizado una media de los periodos medios de pago de los 9 meses de 2017.

ATA recuerda que "la transposición de la Directiva Europea sobre la Morosidad en España contempla la posibilidad de realizar la revisión de la factura hasta en los 30 días posteriores a su presentación y otros 30 para realizar el pago”.

 

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