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Condiciones de concesión de ayudas por nacimiento o adopción a través del programa cheque-bebé

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Cheque Bebé

  • OBJETO Y FINALIDAD:

El Ayuntamiento de Ciudad Real, a través de la Concejalía de Bienestar Social, tiene a la Familia como eje fundamental de su acción como Equipo de Gobierno. Somos conscientes de que el nacimiento o adopción de un niño/a conlleva unos gastos iniciales a los que las familias tienen que hacer frente.

Desde el Ayuntamiento de Ciudad Real se quiere ayudar a las familias que tengan hijos/as por nacimiento o adopción mediante la puesta en marcha del programa Cheque-Bebé. Por ello, a las personas que cumplan los requisitos de estas bases, se les concederá la cantidad de seiscientos euros (600 €) en un único pago, compatible con cualquier otra ayuda que se perciba por este motivo.

  • DESTINATARIOS Y REQUISITOS:

Pueden solicitar la subvención las siguientes personas:

- La madre que haya tenido o adoptado un hijo/a a partir del 16 de junio de 2007
- El padre o tutor con la patria potestad/tutela, en caso de fallecimiento de la madre para los nacimientos o adopciones a partir del 16 de junio de 2007
- El adoptante varón monoparental, a partir del 16 de junio de 2007

Los requisitos para poder optar a esta convocatoria son los siguientes:

- Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España.
- Estar empadronada la madre/beneficiario en el municipio de Ciudad Real durante el año inmediatamente anterior al nacimiento o al inicio de la convivencia en el caso de la adopción.
- Estar empadronados en el momento de la solicitud, la madre y el recién nacido en el mismo domicilio.

  • PLAZOS PARA SOLICITAR LA AYUDA

Dentro del mes siguiente a la fecha de nacimiento o del inicio de la convivencia en caso de adopción.

  • SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:

Las solicitudes, dirigidas a la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de Procedimiento Administrativo. Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI/ Tarjeta de Residencia.
- Fotocopia del Libro de Familia o Documento acreditativo del nacimiento/adopción.

  • IMPUTACIÓN DEL GASTO

La imputación del gasto se realizará con cargo a una partida específica denominada 'Cheque-Bebé' que se creará en el Presupuesto General de este Excmo. Ayuntamiento.