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Incidencias

Proceso participativo elecciones Alcaldía Pedánea de Las Casas

 




INFORMACIÓN DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN

 

a. Medios de difusión del proceso participativo

La información del proceso se llevará a cabo mediante buzoneo en los domicilios de los vecinos/as, a través del Centro Social del Anejo, la página web municipal, e información a través de Asociaciones ciudadanas del Anejo

 

b. Consulta del listado electores

Para facilitar la consulta por los vecinos/as del listado de electores elaborado a través de los datos del Padrón Municipal de habitantes, se abrirá un período de consultas, desde el día 18 al 22 de marzo.

Las  consultas  se  podrán  realizar  en  la  oficina  de  atención  al  ciudadano,  en  el  Edificio Mercado, 1 ª planta, c/ Postas, en horario de 8,30 a 14 horas.

 

c. Determinación de los requisitos de elegibilidad y del procedimiento de designación de candidatos:

Para ser candidato/a se han de cumplir los siguientes requisitos:

  • mayores de edad a fecha de celebración del proceso (día 14 de abril).
  • empadronados/as en el Municipio de Ciudad Real, en el Anejo correspondiente, en la fecha de aprobación del proceso participativo (día 5 de marzo)

Los candidatos/as deberán presentar su solicitud en el registro, en el modelo normalizado de  presentación  de  candidatos  que  se  facilitará  en  la  Oficina  de  Atención  al  Ciudadano (Edificio Mercado) y en la web municipal.

El plazo de presentación de candidaturas se extenderá desde el día 15 hasta el día 21 de marzo.

La  publicación  del  listado  provisional  de  candidatos/as  y  en  su  caso,  el  período  de reclamaciones, se llevará a cabo durante los días 25 de marzo a 3 de abril.

La publicación de la lista definitiva de candidatos/as se efectuará el día 8 de abril.

En el caso de que no hubiera candidatos o se hubiese presentado un único candidato, el proceso participativo quedaría cerrado, devolviendo las actuaciones al órgano competente.

 

d. Determinación de los requisitos que deben cumplir los participantes (electores)

Podrán participar en el proceso los vecinas/os que cumplan los siguientes requisitos:

  • mayores de edad a fecha de celebración del proceso. (día 14 de abril)
  • empadronadas/os en el Municipio de Ciudad Real, en el Anejo correspondiente, en la fecha de aprobación del proceso participativo (día 5 de marzo)

 

e. Mesa de supervisión del Proceso Participativo

La  Mesa  electoral  estará  compuesta  por  dos  vecinas/os  del   anejo  -un  Presidente  o Presidenta de Mesa y un/a vocal- que sean menores de setenta años.

El Presidente/a y los/as vocales han de estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.

Los miembros de la Mesa serán elegidos por sorteo, entre los vecinos/as voluntarios/as que lo solicitaron en el proceso originario del pasado año, en el que no se celebró el acto de la votación, al no haber existido concurrencia de candidatos.

Los/as  Presidentes/as  y  vocales  de  las  Mesas,  así  como  los  suplentes  que  resulten finalmente designados como miembros titulares de la Mesa:

  • Percibirán una dieta de 70 euros

Los miembros de la Mesa estarán asistidos por un representante municipal que realizará labores de supervisión y apoyo en el desarrollo del proceso participativo.

El sorteo para la designación de los Miembros de las Mesas tendrá lugar el día 9 de abril, a las 12 horas en la Casa Consistorial.

 

f. Determinación de la fecha del proceso y desarrollo de la votación.

El proceso participativo de elección de Alcaldía Pedánea, se desarrollará en el Centro Social del Anejo correspondiente, el día 14 de abril, domingo, desde las 10 horas hasta las 19 horas, abarcando parte de jornada de mañana y tarde para facilitar la participación vecinal

La identificación del elector ante la Mesa se realiza mediante:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Pasaporte (con fotografía).
  • Permiso (carné) de conducir (con fotografía).
  • Tarjeta de identidad de extranjero, en el caso de nacionales de países con los que España haya suscrito un tratado de reciprocidad para el reconocimiento del derecho de sufragio en las elecciones Locales

Dichos documentos pueden ser españoles o emitidos por el país de origen, siempre que incluyan la fotografía del elector. No importa que estos documentos estén caducados, pero deben ser los originales, en ningún caso fotocopias.

 

g. Sustituciones de las Alcaldías Pedáneas en caso de vacante producida con posterioridad al proceso de nombramiento del candidato elegido por los vecinos.

Cuando por diversas causas, quede vacante la Alcaldía Pedánea, se procederá a formular propuesta  para  el  nombramiento,  en  su  caso  del  siguiente  candidata/o,  que  presentó candidatura al proceso de elección, determinándose el orden para su designación en función del mayor número de votos obtenidos. Este mismo procedimiento se llevará a cabo en caso de  renuncia  de  la  persona  propuesta  o  de  vacantes  sucesivas,  hasta  agotar  el  total  de candidatos existentes.

 

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